Código Deontológico

Código Deontológico

RELACIONES ENTRE COLEGIADOS

Art. 1 Acatamiento de normas y acuerdos

El Ingeniero Técnico de Minas deberá cumplir los Estatutos Generales y los Estatutos de su propio Colegio, así como los acuerdos, disposiciones y decisiones de la Junta General y Junta de Gobierno.

Art. 2 Respeto a sus órganos y a las personas que lo sirven

El Ingeniero Técnico de Minas deberá respetar a los órganos de gobierno y a los miembros que los compongan, cuando intervengan en tal calidad, en todo caso habrá de atender con la máxima diligencia las comunicaciones y citaciones emanadas de aquellos órganos o de sus miembros, en el ejercicio de sus funciones.

Art. 3 Contribución económica

El Ingeniero Técnico de Minas deberá contribuir a las cargas colegiales; estar al corriente en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias, asumiendo todas las contribuciones económicas de carácter organizativo a que la profesión se haye sujeta, levantando las cargas comunes en la forma y tiempo, que legal o estatutariamente se fije, cualesquiera que sea su naturaleza.

Art. 4 Denuncia de intrusismo

El Ingeniero Técnico de Minas deberá denunciar ante el Colegio todo acto de intrusismo que llegue a su conocimiento.

Art. 5 Denuncia de agravios en el ejercicio profesional

El Ingeniero Técnico de Minas deberá denunciar ante el Colegio, al que pertenezca o en el que esté habilitado, los agravios que surjan en el ejercicio profesional, o de los que tenga conocimiento que afecten a cualquier otro colegiado.

Art. 6 Comunicar los datos que afecten a la situación profesional

El Ingeniero Técnico de Minas deberá comunicar al Colegio las circunstancias personales de relevancia que afecten a su situación profesional.

Art. 7 Deber de colaboración

Los Ingenieros Técnicos de Minas tienen el derecho y el deber de participar en las actividades colegiales, especialmente en las elecciones a los Órganos de Gobierno.